Martes, Septiembre 14, 2021
Seguridad & Defensa

El gobierno sanciona a Jeanine Áñez con tres días sin visitas, su abogado califica el hecho como abuso y maltrato

TIERRA NOTICIAS. Régimen Penitenciario dependiente del Ministerio de Gobierno, determina sancionar con tres días sin visita a la expresidenta transitoria de Bolivia, Jeanine Áñez. Uno de los abogados de la exmandataria denuncia "abuso", "maltrato" y advierte que ella está en "peligro".

El motivó para esa sanción supuestamente sería el haberse negado a presentarse en una audiencia judicial, sin ninguna justificción. Sin embargo, según un doumento de la gobernadora de la cárcel de Miraflores, de La Paz, Áñez se negó a ir a la sala de audiencias virtuales “alegando no encontrarse bien de salud”, tal como lo consigna Los Tiempos.

Pese a esa justificación manifestada por la exmandataria del país, el director departamental de Régimen Penitenciario, Franz Laura, dijo que la sanción se basa en el numeral 9 del artículo 130 de la Ley 2298, el cual tipifica como falta muy grave el “negarse a asistir a actuaciones judiciales, de forma injustificada”.

“Lo que establece la ley 2298 en este tipo de faltas graves es (una sanción de) hasta 30 días sin visitas. En esta oportunidad por este hecho, a la privada de libertad se la estaría sancionando con tres días sin visita”, dijo Laura respecto a Áñez.

Por otro lado, el funcionario del gobierno indicó que hasta este martes la expresidenta podía apelar la sanción, de lo contrario, un juez homologará la resolución del castigo para que sea ejecutado. Al respecto el abogado Jorge Valda aseguró que la apelación fue presentada el lunes.

"La apelación ha sido presentada por parte de su defensa, nosotros ya la hemos presentado el día de ayer, el día lunes, se denuncia abuso, denuncia maltrato y se denuncia que la vida de Jeanine Áñez se encuentra en peligro", aseveró el abogado.

La expresidenta Jeanine Áñez cumple hoy (14.09.2021), seis meses de encarcelamiento acusada de terrorismo, sedición, conspiración, incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la ley. Posteriormente, en el mes julio, el Juez Décimo de Instrucción determinó "un desdoblamiento del proceso" en un segundo caso por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la ley. 

En el nuevo orden constitucional, el principio non bis in ídem se reconoció de forma autónoma como una garantía jurisdiccional; en ese sentido, el art. 117. II de la CPE, señala: “Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho”.

GPA/ja

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