Lunes, Enero 13, 2020
Seguridad & Defensa

Oscar Coca no puede ser juzgado por la Ley 004 porque ENTEL es empresa privada y no es nacionalizada

TIERRA NOTICIAS. El exgerente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel) Oscar Coca, observó ante el fiscal Anticorrupción de La Paz, que esa empresa no es pública, sino privada y no está bajo la Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz. Con ese argumento pidió a la Fiscalía rechazar la denuncia en su contra planteada por el actual Gobierno, según radio Erbol.

Coca fue denunciado por los presuntos delitos de contratos lesivos al Estado, conducta antieconómica y uso indebido de influencias por presunto daño económico de 1.700 millones de bolivianos.

Esta jornada se apersonó para conocer la denuncia presentada el pasado 20 de diciembre y uno de los actos de su defensa fue observar la naturaleza jurídica de Entel y asegurar que la denuncia en base a la Ley 004 no corresponde "por ser Entel una empresa privada y una sociedad anónima".

A través de sus abogados aseguró que Entel gira bajo el Código de Comercio y es una sociedad de acciones en las que el Estado tiene mayoría absoluta por efecto del decreto de nacionalización.

Durante 14 años el gobierno de  Evo Morales aseguró que la telefónica era cien por ciento del Estado y que arrebataron a los italianos que se habían adjudicado durante el proceso de capitalización en el primer gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada.

Con el fin de corroborar sus aseveraciones, el denunciado pidió a la Fiscalía que requiera al Ministerio de Economía si los recursos que maneja Entel  provenien del Tesoro General del Estado y preguntar a la Contraloría General del Estado, si los empleados están obligados a hacer sus Declaraciones Juradas de ley.

La misma estrategia jurídica utilizaron dirigentes sindicales de YPFB en Santa Cruz donde fueron denunciados por uso indebido de bienes del Estado y para eludir medidas cautelares argumentaron que YPFB es una sociedad anónima y no una empresa del Estado porque así está  inscrita en Fundempresa.

El juez que atendió el caso dio razón en primera instancia a los dirigentes sindicales, quienes sin embargo perdieron en la fase de apelación donde la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, YPFB y el Viceministerio de Transparencia aseguraron que el certificado de Fundempresa tiene un valor probatorio "formal".

Los vocales de la Sala Penal de Santa Cruz aseguraron que el certificado de Fundempresa  no puede estar por encima de un Decreto Supremo que dispone la nacionalización y la transferencia de las acciones de la empresa británica.

El argumento de la Fiscalía y del Viceministerio coincide en afirmar que si bien los ejecutivos y trabajadores de YPFB no son funcionarios según lo establece el Estatuto del Funcionario Público y la Ley 1178, el amparo del Art. 61, II de la Ley 466, prevé que estos servidores pueden incurrir en delitos de corrupción insertos en la Ley 004 de Lucha Contra la Corrupción.

El Auto de Vista favoreció al Estado y los dirigentes sindicales fueron reencauzados al proceso por delitos de corrupción pública.

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