Martes, Febrero 02, 2021
Política

Gobierno y médicos firman convenio en el que persiste la prohibición de protesta y la contratación de profesionales

TIERRA NOTICIAS. El Gobierno impone su proyecto de ley a los médicos y suscribe un acuerdo con sus representantes que mantiene la prohibición de paralizara el servicio de Salud y la contratación de profesionales conestudios en el extranjero sin cumplir los requisitos de homologación de títulos en los tiempos establecidos por ley.

El ministro de Salud, Jeyson Auza y el presidente del Colegio Médico de Bolivia, Cleto Cáceres, firmaron el convenio para "la modificación" de los artículos 17, 19 y 28 del proyecto de Ley de emergencia sanitaria, con lo que se impone la propuesta gubernamental, doblando el brazo a los galenos que terminaron suspendieron el paro indefinido.

“Hoy yo debo saludar la predisposición del cuerpo médico de los entes gremiales organizados en el Colegio Médico de Bolivia, por no solamente manifestar su voluntad de diálogo, sino demostrar que la misma no se queda en un mero discurso. (…) Acá se ha buscado que el único ganador sea el pueblo boliviano”, declaró Auza.

El presidente del Colegio Médico de Bolivia, Cleto Cáceres, celebró el acuerdo, pese a la protesta de algunos colegios médicos departamentales, que señalaron en el acto que el documento suscrito no incluía el texto que se había acordado en la reunión virtual del fin de semana.

“Agradecemos que hayamos podido superar las medidas de emergencia y que hoy nos encontremos en la firma del documentos que es también fruto de su esfuerzo y de la garantía que está dando con el Colegio Médico y que nosotros hemos creído también en que vamos a llegar a este acuerdo", manifestó Cáceres en el acto de suscripción del acuerdo.

El convenio contempla "modificaciones" que serán incorporadas en el proyecto de Ley de emergencia sanitaria cuando sea tratado en la Cámara de Senadores.

El artículo 17, medicamentos e insumos médicos, establecía que durante la vigencia de la declaración de emergencia sanitaria se aplicará las siguientes medidas: numeral tres, el Ministerio de Salud y Deportes emitirá una resolución ministerial en la cual se incluirá un tarifario básico de servicios e internación y tratamiento médico a efectos de ser usado por los establecimientos privados de otorgación de servicios de salud.

La modificación hará que mencione que durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria se aplicarán las siguientes medidas: numeral tres, el Ministerio de Salud emitirá una resolución ministerial sujeta a reglamentación mediante decreto supremo, en la que se incluirá un tarifario básico de internación y tratamiento médico a efectos de ser usado por establecimientos privados de otorgación de servicios y salud.

Por otro lado, el artículo 19, prohibición de suspensión de servicios en salud, manifestaba que durante el tiempo de vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria no podrán ser interrumpidos los servicios del sistema nacional de salud como consecuencia de paros, huelgas, protestas, jornadas académicas u otras análogas.

El cambio que será aplicado manifiesta que durante el tiempo de vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria no podrán ser interrumpidos los servicios del sistema nacional de salud.

El artículo 28, contratación de personal médico, indicaba que el Ministerio de Salud y Deportes en el marco de la declaratoria de la emergencia sanitaria podrá simplificar los requisitos y procedimientos para la contratación del personal médico, de enfermería y técnicos de la salud, quedando habilitado a contratar profesionales médicos que hubieran concluido sus estudios en Bolivia o el extranjero, estudiantes de medicina y médicos jubilados.

La modificación que será incluida establece: Artículo 28, contratación de personal de salud, Parágrafo uno, el Ministerio de Salud y Deportes podrá abreviar plazos y simplificar requisitos en procedimientos para la contratación del personal profesional y técnico de salud, egresados y/o estudiantes de medicina y médicos jubilados, quedando habilitado a contratar profesionales médicos que hubieran concluidos sus estudios en Bolivia o el extranjero, siempre y cuando no exista la disponibilidad de recursos humanos en el país y en otro caso haya predisposición de profesionales bolivianos a prestar servicios al Estado.

Parágrafo segundo, la abreviación de plazos y simplificación de requisitos establecidos en el parágrafo primero del presente artículo sólo se aplicará durante la vigencia de la emergencia sanitaria, indica el acuerdo.

Tras ello, según mostró la transmisión del Ministerio de Salud, algunos sectores expresaron que lo señalado no fue lo acordado en la reunión virtual que se tuvo con los representantes. El titular del Colegio Médico de Cochabamba Edgar Fernández dijo que se retiraba para “no ser cómplice", de la aprobación de la norma. Auza ratificó que el encuentro fue grabado y se cumplió con lo acordado.

En esta acuerdo de supuesta modificación del proyecto de ley de emergencia sanitaria del MAS, no se evaluó el capítulo referido a la conformación de un Consejo nacional estratégico para emergencias sanitarias, políticas de inmunización, control de medicamentos, registros y servicios de salud, aspectos que abroga las competencias de las gobernaciones y gobiernos autónomos municipales.

GPA/fa

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