Lunes, Julio 27, 2020
Política

Gobierno devuelve a la senadora Copa ley de estados de excepción, que no se aplicará mientras el TCP no se pronuncie

TIERRA NOTICIAS. El Gobierno devolvió este lunes al Legislativo, controlado por el MAS, el proyecto de ley para regular los estados de excepción debido a que se encuentra bajo control de constitucionalidad en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), y no podrá entrar en vigor mientras esa entidad no se pronuncie al respecto.

El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, dio a conocer dicha determinación mediante una carta enviada a la presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa (MAS).

En ese marco, la autoridad afirmó que al no existir un pronunciamiento oficial de rechazo por parte del TCP se suspende el procedimiento de promulgación de esa propuesta normativa, así como su publicación, en el marco del artículo 113 de la Ley 254 del Código Procesal Constitucional.

A través de la misiva, Núñez recordó que el 24 de junio se presentó ante el TCP la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de ley de estados de excepción, en el marco del numeral 7 del artículo 202 de la Constitución Política del Estado (CPE), para que se ejerza el control de constitucionalidad a priori y se vele por la supremacía de la Carta Magna.

Dicho artículo establece que la decisión del TCP sobre las consultas del Presidente, la Asamblea, del Tribunal Supremo de Justicia o del Tribunal Agroambiental sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley es de "cumplimiento obligatorio".

La medida surge luego de que Copa promulgó, el 23 de julio, el proyecto de ley de estados de excepción.

El Ministro de la Presidencia recalcó además que, según la página web oficial del TCP, se evidencia que Copa tiene pleno conocimiento de esa consulta sobre constitucionalidad, tomando en cuenta que la senadora estuvo, el 6 de julio, en el Tribunal Constitucional para presentar un memorial.

"En consecuencia, usted reconoció la jurisdicción constitucional; en ese contexto, pido a usted señora Presidenta (Copa), no incurrir en posibles actos u omisiones ilegales o indebidos que restrinjan, supriman o amenacen restringir los derechos reconocidos por la Constitución o la ley", señala el documento.

Uno de los artículos que generó la polémica es el que establece que los funcionarios civiles, militares y policiales "serán responsables de los actos que emitan, de las órdenes que impartan y las acciones en ejecución del estado de excepción".

Ante esto, el Gobierno insistió en que es una falta de responsabilidad que se haya elaborado una propuesta normativa que ya está regulada por la CPE.

El artículo 137 de la Carta Magna establece que en caso de peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastre natural, el Presidente del Estado tendrá la potestad de declarar el estado de excepción, en todo o en la parte del territorio donde fuera necesario.

La Constitución dispone que la declaración del estado de excepción no podrá en ningún caso suspender las garantías de los derechos, ni los derechos fundamentales, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los derechos de las personas privadas de libertad.

En tanto, el parágrafo segundo del artículo 139 de la Carta Magna dispone que quienes violen los derechos establecidos en esta Constitución serán objeto de proceso penal por atentado contra los derechos.

En ese marco, el Gobierno aseguró que las FFAA continuarán en las calles garantizado la seguridad de la población y el control durante la emergencia sanitaria, para evitar la propagación del coronavirus.